Este artículo detalla los plazos de prescripción de la acción penal según el grupo etario del adolescente, con plazos que varían de uno a cinco años. También se menciona un tratamiento especial para delitos sexuales.
Plazos especiales de prescripción Atendiendo a las reglas de prescripción establecidas en las legislaciones penales aplicables y teniendo en cuenta la edad de la persona adolescente al momento de la comisión de la conducta, la prescripción de la acción penal se ajustará a lo siguiente:
I. Para las personas adolescentes del Grupo etario I, la prescripción de la acción penal, en ningún caso, podrá exceder de un año;
II. Para las personas adolescentes del Grupo etario II, la prescripción de la acción penal, en ningún caso, podrá exceder de tres años;
III. Para adolescentes del Grupo etario III, la prescripción de la acción penal, en ningún caso, podrá exceder de cinco años.
Lo previsto en las fracciones anteriores aplicará para las conductas cometidas por las personas adolescentes de conformidad con la presente Ley. En los demás casos, la prescripción será de un año.
Tratándose de delitos sexuales o de trata de personas cometidos por adolescentes en contra de niñas, niños y adolescentes, el plazo de prescripción empezará a correr cuando la víctima cumpla dieciocho años.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los abogados conozcan estos plazos para asesorar adecuadamente a sus clientes sobre sus derechos y las posibles implicaciones de la prescripción en su caso.
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