La autoridad encargada supervisará las medidas cautelares distintas a la prisión preventiva y las obligaciones procesales impuestas. Se seguirán los lineamientos del Código Nacional.
Supervisión de la medida cautelar LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-12-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
La Autoridad de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso será la encargada de realizar la supervisión de medidas cautelares distintas a la prisión preventiva, obligaciones procesales impuestas por la suspensión condicional del proceso y los acuerdos preparatorios de cumplimiento diferido. Para el cumplimiento de sus funciones y conforme a su presupuesto contará con las áreas especializadas necesarias.
Los lineamientos y el procedimiento para la supervisión de las condiciones de la suspensión condicional serán los ordenados en el Código Nacional.
TÍTULO III DE LA INVESTIGACIÓN
CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los abogados deben estar informados sobre las autoridades de supervisión y los lineamientos aplicables, ya que esto puede afectar el cumplimiento de las medidas cautelares impuestas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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