Las autoridades deben aplicar prioritariamente las soluciones alternas disponibles en la ley. Esto incluye informar a las víctimas y adolescentes sobre los mecanismos alternativos desde el inicio del proceso.
Uso prioritario Las autoridades aplicarán prioritariamente las soluciones alternas previstas en esta Ley.
Desde su primera intervención, el Ministerio Público, el asesor jurídico o el defensor explicarán a las víctimas y a las personas adolescentes, según corresponda, los mecanismos alternativos disponibles y sus efectos, exhortándoles a utilizarlos para alcanzar alguna solución alterna en los casos en que proceda.
El Juez verificará el cumplimiento de la obligación anterior y, en caso de que el adolescente o la víctima manifiesten su desconocimiento, éste explicará y exhortará a la utilización de algún mecanismo alternativo.
LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-12-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
CAPÍTULO II ACUERDOS REPARATORIOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La promoción de soluciones alternas desde el inicio del proceso puede reducir la carga del sistema judicial. Los operadores deben estar preparados para explicar claramente estos mecanismos a las partes involucradas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo