LNETB

Artículo 4. Reglamento de Aplicación

El reglamento establecerá las disposiciones necesarias para aplicar los modelos nacionales y los plazos para las actuaciones. Los plazos se entenderán como días hábiles.

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Texto Legal

El Reglamento establecerá las disposiciones para la aplicación de los Modelos Nacionales, herramientas, procedimientos, y demás disposiciones para la debida aplicación de esta Ley. Cuando los plazos fijados por esta Ley sean señalados en días, se entenderán como hábiles; para el caso de los establecidos por periodos, el cómputo se hará de fecha a fecha, considerando incluso los días inhábiles. Cuando no se especifique el plazo, se entenderán diez días para cualquier actuación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es importante para entender cómo se implementarán los modelos, aunque no es fundamental. Los contadores deben estar al tanto de los plazos establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LNETB?

El reglamento establecerá las disposiciones necesarias para aplicar los modelos nacionales y los plazos para las actuaciones. Los plazos se entenderán como días hábiles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos?

[IA] Este artículo es importante para entender cómo se implementarán los modelos, aunque no es fundamental. Los contadores deben estar al tanto de los plazos establecidos.

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