LNETB

Artículo 67. CURP como Documento de Identificacion

La CURP, al estar asociada a datos biométricos, se convierte en un documento nacional de identificación. Esto obliga a su aceptación en todos los trámites y servicios.

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Texto Legal

Cuando la CURP tenga asociados los datos biométricos de su titular, tendrá el carácter de documento nacional de identificación, y será una identificación oficial. En este caso, los Sujetos Obligados y particulares de cualquier naturaleza tienen la obligación de aceptarla para todos los Trámites y Servicios, por lo que no se podrá solicitar algún otro documento de identificación adicional. El documento nacional de identificación en su formato digital está a cargo de la Autoridad Nacional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La CURP como documento de identificación oficial simplifica los procesos. Es importante que los contadores informen a sus clientes sobre su validez en trámites.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 67 del LNETB?

La CURP, al estar asociada a datos biométricos, se convierte en un documento nacional de identificación. Esto obliga a su aceptación en todos los trámites y servicios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 67 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos?

[IA] La CURP como documento de identificación oficial simplifica los procesos. Es importante que los contadores informen a sus clientes sobre su validez en trámites.

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