LNETB

Artículo 77. Seguridad del Expediente Digital

El Expediente Digital Ciudadano debe cumplir con estándares de seguridad y trazabilidad, garantizando la disponibilidad, integridad y confidencialidad de los datos. La Autoridad Nacional emitirá lineamientos para su operación.

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Texto Legal

El Expediente Digital Ciudadano contará con estándares de seguridad y trazabilidad de todas las actuaciones, y considerará mecanismos confiables de disponibilidad, integridad, autenticidad y confidencialidad en términos de la normativa aplicable en materia de protección de datos personales. Para su operación, la Autoridad Nacional emitirá los lineamientos y procedimientos técnicos correspondientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La seguridad en el manejo de datos es esencial para evitar filtraciones y garantizar la confianza del ciudadano. Es recomendable que las entidades implementen auditorías regulares para verificar el cumplimiento de estos estándares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 77 del LNETB?

El Expediente Digital Ciudadano debe cumplir con estándares de seguridad y trazabilidad, garantizando la disponibilidad, integridad y confidencialidad de los datos. La Autoridad Nacional emitirá lineamientos para su operación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 77 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos?

[IA] La seguridad en el manejo de datos es esencial para evitar filtraciones y garantizar la confianza del ciudadano. Es recomendable que las entidades implementen auditorías regulares para verificar el cumplimiento de estos estándares.

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