El uso de expedientes digitales implica que las personas acepten recibir notificaciones por medios tecnológicos, las cuales tendrán validez jurídica. Esto moderniza la comunicación entre autoridades y ciudadanos.
El uso de expedientes digitales que habiliten los Sujetos Obligados o las Autoridades de Simplificación y Digitalización para realizar trámites o servicios, conlleva la aceptación de las personas para oír y recibir notificaciones mediante el mismo medio tecnológico, las cuales tendrán plena validez y efectos jurídicos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La aceptación de notificaciones digitales puede acelerar los procesos administrativos. Se recomienda informar a los ciudadanos sobre sus derechos y opciones al respecto para evitar confusiones.
Anterior
Art. 78. Limitaciones en Solicitudes de Información
Siguiente
Art. 80. Efectos Jurídicos de Documentos Digitales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo