Los Sujetos Obligados deben establecer medidas para el uso y conservación de documentos digitales, asegurando su autenticidad y seguridad. Esto incluye la incorporación de tecnologías de la información.
Los Sujetos Obligados establecerán las medidas para el uso, almacenamiento, control y conservación de los documentos digitales, garantizando los siguientes aspectos: I. La incorporación y uso eficiente de las tecnologías de la información en la generación de documentos digitales asociados a los procesos de gestión institucional; II. La incorporación de las medidas, normas y especificaciones técnicas para asegurar la autenticidad, seguridad, integridad y disponibilidad de los documentos digitales y su control archivístico, y III. Propiciar la incorporación de procesos e instrumentos para la clasificación y descripción, así como para la valoración y disposición de los documentos digitales. TÍTULO QUINTO DEL MODELO NACIONAL DE HOMOLOGACIÓN DE TRÁMITES Y SERVICIOS, COMPARTICIÓN DE SOLUCIONES TECNOLÓGICAS Y DESARROLLO DE CAPACIDADES PÚBLICAS Capítulo I Disposiciones Generales
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Implementar medidas de seguridad robustas es esencial para proteger la información. Se recomienda realizar auditorías periódicas para evaluar la efectividad de estas medidas.
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