162

Artículo 22. Designacion del Director General

El Director General será nombrado por el Ejecutivo Federal y debe cumplir con requisitos establecidos en la Ley Reglamentaria. Este nombramiento es clave para la administración de la Sociedad.

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Texto Legal

El Director General será designado por el ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La elección del Director General impacta directamente en la gestión de la Sociedad. Es recomendable que los abogados evalúen el perfil del candidato propuesto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del 162?

El Director General será nombrado por el Ejecutivo Federal y debe cumplir con requisitos establecidos en la Ley Reglamentaria. Este nombramiento es clave para la administración de la Sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY Orgánica de Nacional Financiera?

[IA] La elección del Director General impacta directamente en la gestión de la Sociedad. Es recomendable que los abogados evalúen el perfil del candidato propuesto.

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