LOSHF

Artículo 21. Designación del Director General

El Director General es nombrado por el Ejecutivo Federal y debe tener experiencia en el sistema financiero. Este cargo es clave para la administración de la Sociedad.

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Texto Legal

El Director General será designado por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que sea de reconocida honorabilidad y que cuente con amplios conocimientos y experiencia en el sistema financiero y en materia administrativa. Esta persona, además, deberá reunir los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los contadores conozcan el proceso de designación del Director General, ya que su liderazgo impacta directamente en la gestión financiera de la Sociedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LOSHF?

El Director General es nombrado por el Ejecutivo Federal y debe tener experiencia en el sistema financiero. Este cargo es clave para la administración de la Sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria?

[IA] Es importante que los contadores conozcan el proceso de designación del Director General, ya que su liderazgo impacta directamente en la gestión financiera de la Sociedad.

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