LOSHF

Artículo 29. Definición de entidades financieras

El artículo define qué se entiende por entidades financieras, incluyendo diversas instituciones como bancos y sociedades de ahorro. Esta definición es clave para entender el marco regulatorio que aplica a la Sociedad.

entidades financierasdefinicionbancossociedades de ahorro

Texto Legal

Para efectos de lo previsto en las fracciones V y V Bis del artículo 4o. de esta Ley, por entidades financieras se entenderá a las instituciones de banca múltiple, instituciones de banca de desarrollo, instituciones de seguros, sociedades financieras de objeto limitado, sociedades financieras de objeto múltiple, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, uniones de crédito, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, las sociedades financieras populares, así como las sociedades de ahorro y préstamo, que se encuentren operando bajo el régimen transitorio establecido en el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2005 y que en términos de dicho Decreto hayan presentado su expediente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para operar como Entidad de Ahorro y Crédito Popular, ya sea que actúen por cuenta propia o, en su caso, en carácter de fiduciario, así como a los fideicomisos de fomento económico que cuenten con la garantía del Gobierno Federal en la operación de que se trate.

El Consejo Directivo podrá determinar las demás personas que puedan ser consideradas como entidades financieras, las cuales quedarán incluidas en los supuestos del párrafo anterior. Artículo reformado DOF 22-06-2006, 20-08-2008

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer la definición de entidades financieras es esencial para el cumplimiento normativo. Los abogados deben estar atentos a las modificaciones en esta clasificación para asesorar adecuadamente a sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del LOSHF?

El artículo define qué se entiende por entidades financieras, incluyendo diversas instituciones como bancos y sociedades de ahorro. Esta definición es clave para entender el marco regulatorio que aplica a la Sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria?

[IA] Conocer la definición de entidades financieras es esencial para el cumplimiento normativo. Los abogados deben estar atentos a las modificaciones en esta clasificación para asesorar adecuadamente a sus clientes.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 29 del LOSHF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 29 LOSHF desde tu celular