167

Artículo 10. Fideicomisos del Banco

El banco podrá actuar como fiduciario y fideicomisario en contratos de fideicomiso, lo que le otorga flexibilidad en la gestión de sus derechos.

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Texto Legal

Como excepción a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 348 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en los contratos de fideicomiso que se celebren para garantizar los derechos del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, éste podrá actuar en el mismo negocio como fiduciario y fideicomisario.

CAPITULO II Fondos de Ahorro y de Trabajo

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La capacidad de actuar en múltiples roles en fideicomisos puede ser ventajosa para el banco. Los contadores deben estar atentos a las implicaciones fiscales de estas operaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del 167?

El banco podrá actuar como fiduciario y fideicomisario en contratos de fideicomiso, lo que le otorga flexibilidad en la gestión de sus derechos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, F...?

[IA] La capacidad de actuar en múltiples roles en fideicomisos puede ser ventajosa para el banco. Los contadores deben estar atentos a las implicaciones fiscales de estas operaciones.

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