LOCFCRL_060120

Artículo 25. Patrimonio del Centro

El patrimonio del Centro incluye bienes, recursos financieros y donaciones. Esta diversidad de fuentes de ingresos es crucial para su funcionamiento y cumplimiento de objetivos.

patrimoniorecursosfinancieros

Texto Legal

El patrimonio del Centro se integra por:

I. Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio y que le asigne el Gobierno Federal;

II. Los recursos financieros que se le asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación para su funcionamiento;

III. Las aportaciones que perciba conforme a los convenios o contratos que celebre;

IV. Los bienes y derechos que adquiera por cualquier título;

V. Los rendimientos que obtenga de la inversión de sus recursos;

VI. Las donaciones o legados que se otorguen a su favor, y

VII. Todos los demás bienes o derechos que perciba en el ejercicio de sus atribuciones.

Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El servicio profesional entrará en vigor un año después de la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, y su implementación será gradual conforme a los lineamientos y manuales que presente el Director o Directora del Centro y que sean aprobados por la Junta de Gobierno; durante el procedimiento de contratación, se actualizará y capacitará a todo el personal con la finalidad de dar cumplimiento a los principios y valores en que se sostiene el servicio profesional que requiere el Centro.

Tercero. El procedimiento previsto en el artículo Décimo Primero Transitorio del Decreto publicado el 1o. de mayo de 2019, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, será realizado por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral hasta que inicie sus funciones registrales y emita el Protocolo correspondiente. Los expedientes de los procedimientos de legitimación de contratos colectivos de trabajo realizados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se transferirán al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el cual podrá determinar la terminación de aquellos contratos colectivos que no cumplan los requisitos previstos en la Ley Federal del Trabajo.

Para la verificación de los procedimientos de legitimación de contratos colectivos de trabajo, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral suscribirá los acuerdos de colaboración necesarios con la

LEY ORGÁNICA DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 06-01-2020 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Secretaría del Trabajo y Previsión Social y las Secretarías del Trabajo u homólogas de las entidades federativas.

Cuarto. Las obligaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado para los ejecutores de gasto correspondientes, para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes.

Ciudad de México, a 14 de noviembre de 2019.- Dip. Laura Angélica Rojas Hernández, Presidenta.- Sen. Mónica Fernández Balboa, Presidenta.- Dip. Mónica Bautista Rodríguez, Secretaria.- Sen. Primo Dothé Mata, Secretario.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 3 de enero de 2020.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Dra. Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.- Rúbrica.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta administración del patrimonio es vital para garantizar la sostenibilidad del Centro y su capacidad para cumplir con sus funciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 25 del LOCFCRL_060120?

El patrimonio del Centro incluye bienes, recursos financieros y donaciones. Esta diversidad de fuentes de ingresos es crucial para su funcionamiento y cumplimiento de objetivos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 25 de la LEY Orgánica del Centro de Conciliación y Regis...?

[IA] La correcta administración del patrimonio es vital para garantizar la sostenibilidad del Centro y su capacidad para cumplir con sus funciones.

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