El Cuerpo de Policía Militar tiene la responsabilidad de mantener el orden y vigilar el cumplimiento de las leyes militares. Este artículo detalla las funciones específicas de esta unidad.
El Cuerpo de Policía Militar, en todos los escalones, tiene a su cargo coadyuvar a la conservación del orden y a la vigilancia del cumplimiento de las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones militares de carácter disciplinario, dentro de las Unidades, Dependencias, Instalaciones y áreas del terreno pertenecientes al Ejército y Fuerza Aérea o sujetas al mando militar del Comandante, bajo cuyas órdenes opere y además realizará las funciones siguientes: Fe de erratas al párrafo DOF 13-02-1987
I. Custodiar y proteger los Cuarteles Generales, Instalaciones y otras Dependencias del Ejército y Fuerza Aérea;
II. Organizar la circulación, dirigir el tránsito de vehículos y personas y controlar a los rezagados;
III. Custodiar, evacuar y controlar a los prisioneros de guerra, custodiar a las prisiones militares y a los procesados y sentenciados;
IV. Cooperar con los órganos especiales en la averiguación y prevención del espionaje, sabotaje y demás actividades subversivas;
V. Vigilar el cumplimiento de las medidas para garantizar la seguridad física de las personas, de la información y de las instalaciones; y
VI. Cuando reciba órdenes de las autoridades militares competentes:
A. Proteger a las personas y a la propiedad pública y prevenir el pillaje y el saqueo en los casos de emergencia;
B. Auxiliar a la Policía Ministerial Militar. Inciso reformado DOF 21-06-2018
LEY ORGÁNICA DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La vigilancia del cumplimiento de las leyes es esencial para la disciplina militar, lo que requiere una gestión adecuada de recursos y personal.
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