LOEFAM

Artículo 75. Colaboracion de Direcciones Generales

Las direcciones generales y el Centro Nacional de Vigilancia colaborarán con órganos afines para obtener datos técnicos necesarios para informes y opiniones. Esta colaboración es esencial para el control de obras e investigaciones en campos científico y tecnológico.

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Texto Legal

Las direcciones generales, direcciones, jefaturas y el Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, previa autorización de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la persona Comandante del Ejército o de la Fuerza Aérea, según corresponda, mantendrán estrecha colaboración con órganos afines, oficiales y particulares, a efecto de obtener los datos necesarios que sirvan de fundamento a sus informes y opiniones de carácter técnico, para controlar las obras, instalaciones y organizaciones de la misma naturaleza, cuya importancia lo amerite desde el punto de vista militar y para llevar a cabo investigaciones en los campos científico y tecnológico, relativas a sus respectivos servicios. Artículo reformado DOF 18-02-2022, 03-05-2023

Servicio de Ingenieros

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que las direcciones mantengan una comunicación fluida con los órganos afines para asegurar la calidad de los informes. Los contadores deben estar al tanto de los procedimientos de autorización para evitar retrasos en la obtención de datos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 75 del LOEFAM?

Las direcciones generales y el Centro Nacional de Vigilancia colaborarán con órganos afines para obtener datos técnicos necesarios para informes y opiniones. Esta colaboración es esencial para el control de obras e investigaciones en campos científico y tecnológico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 75 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

[IA] Es importante que las direcciones mantengan una comunicación fluida con los órganos afines para asegurar la calidad de los informes. Los contadores deben estar al tanto de los procedimientos de autorización para evitar retrasos en la obtención de datos.

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