Los Consejos Técnicos Consultivos de Escuelas y Centros están integrados por directores y representantes de profesores y alumnos. Esta estructura fomenta la participación y colaboración en la gestión educativa.
Los Consejos Técnicos Consultivos de las Escuelas, Centros y Unidades de Enseñanza Superior estarán integrados por:
I.- El Director de la escuela, centro o unidad, quien lo presidirá;
II.- Los directores adjuntos en su caso y los subdirectores académico, técnico y administrativo de la escuela, centro o unidad. El Subdirector Académico fungirá como secretario; Fe de erratas a la fracción DOF 28-05-1982
LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 29-12-1981 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
III.- Los jefes de división o de departamento académico;
IV.- El jefe de la sección de graduados;
V.- Dos representantes profesores por cada división o departamento académico;
VI.- Dos representantes profesores por la sección de graduados;
VII.- Dos representantes alumnos por cada división o departamento académico;
VIII.- Dos representantes alumnos por la sección de graduados, y
IX.- Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por los comités ejecutivos delegacionales correspondientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La integración de estos consejos promueve un enfoque colaborativo en la toma de decisiones, lo que puede mejorar la calidad educativa del Instituto.
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