El artículo detalla las atribuciones específicas de la Contraloría del Órgano de Administración Judicial, incluyendo la verificación del cumplimiento de obligaciones financieras y la investigación de faltas administrativas. Esto asegura una gestión eficiente y honesta de los recursos del Poder Judicial.
La Contraloría del Órgano de Administración Judicial tendrá las siguientes atribuciones: I. Comprobar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de planeación, presupuestación, ingresos, egresos, financiamiento, patrimonio y fondos; II. Implementar acciones para orientar el criterio que en situaciones específicas deberán observar las personas servidoras públicas en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, salvo que se trate de cuestiones jurisdiccionales; III. Verificar que los recursos económicos de que dispone el Poder Judicial de la Federación se administren con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, en los términos del artículo 134 Constitucional; IV. Inspeccionar y vigilar el cumplimiento de las normas y disposiciones relativas a los sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios y recursos materiales del Poder Judicial de la Federación; V. Coadyuvar con el Órgano de Evaluación de Desempeño adscrito al Tribunal de Disciplina Judicial en la elaboración de informes periódicos que contengan indicadores, datos, mediciones, análisis de productividad, y cualquier otra información que resulte del ejercicio de sus atribuciones y que sea de utilidad para el ejercicio de las evaluaciones de desempeño y seguimiento; VI. Llevar el registro y seguimiento de la evolución de la situación patrimonial de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación y de su declaración de intereses, e integrarlas al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, así como realizar la verificación aleatoria a que se refiere el artículo 30 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas;
LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
VII. Investigar hechos que puedan constituir faltas administrativas cometidas por el personal administrativo del Poder Judicial Federal, y VIII. Las demás que determinen los reglamentos y acuerdos generales correspondientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer las atribuciones de la Contraloría es esencial para cualquier profesional que trabaje con el Poder Judicial. La implementación de acciones correctivas puede ser clave para la mejora continua en la administración pública.
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