LOPJF

Artículo 178. Designacion del titular del organo

El titular del Órgano de Investigacion es designado por el Pleno del Tribunal y debe tener experiencia en responsabilidades administrativas. Esto asegura que las investigaciones sean llevadas a cabo por profesionales competentes.

designaciontitularresponsabilidades

Texto Legal

La persona titular del Órgano será designada por el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, a propuesta de su presidencia, y deberá tener título profesional afín a sus funciones y experiencia mínima de cinco años preferentemente en la materia de responsabilidades administrativas. El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, mediante acuerdos generales, designará la estructura orgánica a través de la cual la persona titular del Órgano de Investigación se apoyará para ejercer sus funciones. En dichos acuerdos se debe prever la existencia de agentes investigadores, quienes serán funcionarios que cuenten con las competencias necesarias para realizar las investigaciones y demás actuaciones que resulten necesarias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La designacion de un titular competente es fundamental para la efectividad del organo de investigacion. Los abogados deben conocer a los responsables para entender mejor el proceso de investigacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 178 del LOPJF?

El titular del Órgano de Investigacion es designado por el Pleno del Tribunal y debe tener experiencia en responsabilidades administrativas. Esto asegura que las investigaciones sean llevadas a cabo por profesionales competentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 178 de la LEY Orgánica del Poder Judicial?

[IA] La designacion de un titular competente es fundamental para la efectividad del organo de investigacion. Los abogados deben conocer a los responsables para entender mejor el proceso de investigacion.

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