La Suprema Corte asegurará la oportuna publicación del Semanario Judicial de la Federación, promoviendo la difusión de tesis y jurisprudencias emitidas por el Poder Judicial.
En términos de la fracción XV, del artículo 17 de esta Ley, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuidará que las publicaciones del Semanario Judicial de la Federación se realicen con oportunidad y llevará a cabo todas aquellas tareas que fueren necesarias para la adecuada difusión de las tesis y jurisprudencias que hubieren emitido los órganos competentes del Poder Judicial de la Federación. CAPÍTULO VIII Del personal del Poder Judicial de la Federación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Mantenerse actualizado con las publicaciones del Semanario es vital para los profesionales del derecho, ya que contiene información relevante sobre cambios en la jurisprudencia.
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