LOPJF

Artículo 255. Nombramientos en la Sala Superior

La Sala Superior nombrará a su personal administrativo y técnico, asegurando un funcionamiento adecuado. Esto es esencial para la operatividad del Tribunal Electoral.

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Texto Legal

La Sala Superior nombrará a un secretario o secretaria general de acuerdos y a un subsecretario o subsecretaria general de acuerdos, a los secretarios, secretarias, actuarios, actuarias, así como al personal administrativo y técnico que se requiera para su buen funcionamiento, conforme a los lineamientos que dicte el Órgano de Administración Judicial. SECCIÓN 2a. De sus atribuciones

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta asignación de personal en la Sala Superior es fundamental para garantizar la eficiencia en la administración de justicia electoral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 255 del LOPJF?

La Sala Superior nombrará a su personal administrativo y técnico, asegurando un funcionamiento adecuado. Esto es esencial para la operatividad del Tribunal Electoral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 255 de la LEY Orgánica del Poder Judicial?

[IA] La correcta asignación de personal en la Sala Superior es fundamental para garantizar la eficiencia en la administración de justicia electoral.

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