LOPJF

Artículo 264. Renovación de la presidencia de Salas Regionales

La presidencia de cada Sala Regional se renueva cada dos años, similar al Tribunal Electoral. Se establecen mecanismos para suplir ausencias temporales y definitivas.

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Texto Legal

La presidencia de cada Sala Regional se renovará de manera rotatoria cada dos años en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a las Magistradas o Magistrados de cada Sala Regional que hayan alcanzado la mayor votación. Las ausencias temporales de los Presidentes o Presidentas de las Salas Regionales serán suplidas por el Magistrado o Magistrada de la misma Sala Regional que haya obtenido la segunda mayor votación en la elección respectiva. Si la ausencia excediere el plazo autorizado, el Magistrado o Magistrada de la misma Sala Regional que haya obtenido la segunda mayor votación en la elección respectiva se ratificará como Presidenta o Presidente y

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durará en el encargo el periodo restante de la presidencia que suple más un periodo adicional de dos años, o hasta que concluya su cargo como Magistrado o Magistrada, lo que suceda primero. En caso de renuncia del Presidente o Presidenta de Sala Regional, el Magistrado o Magistrada de la misma Sala que haya obtenido la segunda mayor votación en la elección respectiva será designado Presidente o Presidenta y durará en el encargo el periodo restante de la presidencia que sustituye más un periodo adicional de dos años, o hasta que concluya su cargo como Magistrado o Magistrada, lo que suceda primero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La rotación de la presidencia en las Salas Regionales asegura la diversidad en la toma de decisiones. Los abogados deben estar al tanto de estas renovaciones para anticipar cambios en la dinámica de las salas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 264 del LOPJF?

La presidencia de cada Sala Regional se renueva cada dos años, similar al Tribunal Electoral. Se establecen mecanismos para suplir ausencias temporales y definitivas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 264 de la LEY Orgánica del Poder Judicial?

[IA] La rotación de la presidencia en las Salas Regionales asegura la diversidad en la toma de decisiones. Los abogados deben estar al tanto de estas renovaciones para anticipar cambios en la dinámica de las salas.

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