LOPJF

Artículo 97. Asuntos no Resueltos

Si una Comisión no puede resolver un asunto, este pasará al Pleno del Órgano de Administración Judicial. Esto asegura que todos los asuntos sean atendidos adecuadamente.

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Texto Legal

En todos aquellos casos en los que no fuere posible la resolución de un asunto en Comisiones, su conocimiento y resolución pasará al Pleno del Órgano de Administración Judicial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La posibilidad de que un asunto pase al Pleno es un aspecto importante que los abogados deben considerar al preparar sus casos. Esto puede afectar los tiempos y estrategias legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 97 del LOPJF?

Si una Comisión no puede resolver un asunto, este pasará al Pleno del Órgano de Administración Judicial. Esto asegura que todos los asuntos sean atendidos adecuadamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 97 de la LEY Orgánica del Poder Judicial?

[IA] La posibilidad de que un asunto pase al Pleno es un aspecto importante que los abogados deben considerar al preparar sus casos. Esto puede afectar los tiempos y estrategias legales.

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