LUPDECR

Artículo 4. Emblema de la Cruz Roja

El emblema de la Cruz Roja está constituido por una cruz roja sobre fondo blanco, conforme a los Convenios de Ginebra. Este artículo detalla las características del emblema y su correcta representación.

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Texto Legal

El emblema de la cruz roja, conforme a lo establecido en el artículo 38 del I Convenio de Ginebra de 1949, está constituido por una cruz de color rojo, o una media luna de color rojo en posición vertical, ambas sobre fondo blanco. La cruz roja estará formada por dos fajas de color rojo de iguales dimensiones, que se cortan en el centro de manera perpendicular, conformando la imagen de cinco cuadros iguales. En ningún caso el emblema tocará los bordes de la bandera o escudo.

CAPÍTULO II Usos del Emblema de la Cruz Roja

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta representación del emblema es crucial para su reconocimiento y protección. Los profesionales deben asegurarse de que se sigan estas especificaciones en todas las aplicaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LUPDECR?

El emblema de la Cruz Roja está constituido por una cruz roja sobre fondo blanco, conforme a los Convenios de Ginebra. Este artículo detalla las características del emblema y su correcta representación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY para el uso y protección de la denominación...?

[IA] La correcta representación del emblema es crucial para su reconocimiento y protección. Los profesionales deben asegurarse de que se sigan estas especificaciones en todas las aplicaciones.

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