LPPDDHP

Artículo 56. Procedencia de Inconformidades

Las inconformidades proceden contra resoluciones relacionadas con medidas de protección y su cumplimiento. Esto asegura que los beneficiarios puedan impugnar decisiones desfavorables.

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Texto Legal

La inconformidad procede en:

I. Contra resoluciones de la Junta de Gobierno, la Coordinación y las unidades respectivas relacionadas con la imposición o negación de las Medidas Preventivas, Medidas de Protección o Medidas Urgentes de Protección;

II. Contra del deficiente o insatisfactorio cumplimiento de las Medidas Preventivas, Medidas de Protección o Medidas Urgentes de Protección por parte la autoridad, y

LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-04-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

III. Caso de que la autoridad no acepte, de manera expresa o tácita, las decisiones de la Junta de Gobierno relacionadas con las Medidas Preventivas, Medidas de Protección o Medidas Urgentes de Protección otorgadas al beneficiario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los abogados deben estar preparados para asesorar sobre las inconformidades y su procedencia, asegurando que se sigan los plazos y requisitos establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 56 del LPPDDHP?

Las inconformidades proceden contra resoluciones relacionadas con medidas de protección y su cumplimiento. Esto asegura que los beneficiarios puedan impugnar decisiones desfavorables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 56 de la LEY para la Protección de Personas Defensoras d...?

[IA] Los abogados deben estar preparados para asesorar sobre las inconformidades y su procedencia, asegurando que se sigan los plazos y requisitos establecidos.

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