La Comisión Nacional y la Procuraduría pueden suspender nuevas operaciones si los estados de cuenta no cumplen con las normativas. Esta medida busca proteger a los Clientes de prácticas inadecuadas.
La Comisión Nacional y la Procuraduría Federal del Consumidor, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuando se trate de faltas graves y reiteradas, podrán ordenar la suspensión de la celebración de nuevas operaciones y servicios similares, hasta en tanto los estados de cuenta sean modificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de esta Ley. Artículo adicionado DOF 25-05-2010
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las Entidades deben estar atentas a las modificaciones en sus estados de cuenta para evitar suspensiones. Mantener una buena comunicación con las autoridades puede ser beneficioso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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