El Banco de México puede imponer sanciones administrativas siguiendo los mismos plazos de caducidad establecidos en el artículo anterior. Esto asegura una uniformidad en la aplicación de sanciones.
Tratándose de la facultad del Banco de México para imponer sanciones de carácter administrativo, por infracciones a preceptos de otras leyes, así como a las disposiciones que este emita con fundamento en dichas leyes, cuando estas no prevean expresamente un plazo para la caducidad de sus atribuciones se estará a los términos y condiciones del artículo 24 anterior. Artículo adicionado DOF 24-01-2024
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que las Entidades conozcan las regulaciones específicas del Banco de México para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento normativo.
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Art. 24. Caducidad de Sanciones Administrativas
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Art. 25. Autonomía del Procedimiento Administrativo
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