Las Autoridades Financieras pueden hacer pública la información reportada por los sujetos obligados, promoviendo la transparencia en el sector financiero. Este artículo detalla las condiciones para la divulgación de información.
Las Autoridades Financieras podrán hacer pública la información reportada por los sujetos obligados a que se refiere este Título si lo consideran pertinente para conocimiento de los Clientes, siempre y cuando no se trate de información confidencial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las entidades deben estar preparadas para la posible divulgación de información, asegurando que no se comprometa la confidencialidad. Mantener registros claros y accesibles facilitará este proceso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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