Enumera las atribuciones de la Procuraduria: asesorar, representar, investigar, proponer modificaciones legales, analizar normas fiscales, emitir recomendaciones, promover la cultura contributiva y celebrar acuerdos conclusivos.
La Procuraduria de la Defensa del Contribuyente tendra las siguientes atribuciones:
I. Atender y resolver las consultas y solicitudes de asesoria que le presenten los contribuyentes por actos de las autoridades fiscales federales;
II. Representar al contribuyente ante la autoridad correspondiente, promoviendo a su nombre los recursos administrativos procedentes y, en su caso, ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ejerciendo las acciones a que haya lugar;
III. Conocer e investigar de las quejas de los contribuyentes afectados por los actos de las autoridades fiscales federales por presuntas violaciones a sus derechos, en los terminos de esta Ley;
IV. Proponer al SAT las modificaciones normativas internas para mejorar la defensa de los derechos y seguridad juridica de los contribuyentes;
V. Identificar los problemas de caracter sistemico que ocasionen perjuicios a los contribuyentes, a efecto de proponer las recomendaciones correspondientes;
VI. Emitir opiniones sobre la interpretacion de las disposiciones fiscales y aduaneras cuando asi se lo soliciten;
VII. Recabar y analizar la informacion necesaria sobre las quejas y reclamaciones interpuestas, con el proposito de verificar que la actuacion de la autoridad fiscal sea apegada a derecho;
VIII. Impulsar con las autoridades fiscales de la Federacion una actuacion de respeto y equidad para con los contribuyentes;
IX. Promover el estudio, la ensenanza y la divulgacion del derecho fiscal, particularmente en lo que se refiere a las garantias y derechos de los contribuyentes;
X. Proponer a la Comision de Hacienda de la Camara de Diputados modificaciones a las disposiciones fiscales;
XI. Fomentar la cultura contributiva realizando campanas de comunicacion y difusion social;
XII. Las demas que le otorguen esta Ley y otros ordenamientos.
| Tipo | Fracciones | Descripcion |
|---|---|---|
| **Asesoria** | I | Consultas y orientacion gratuita |
| **Representacion** | II | Defensa legal ante autoridades y TFJA |
| **Investigacion** | III, VII | Quejas y verificacion de legalidad |
| **Propositiva** | IV, V, X | Cambios normativos y recomendaciones |
| **Interpretativa** | VI | Opiniones sobre disposiciones fiscales |
| **Promocion** | VIII, IX, XI | Cultura contributiva y divulgacion |
Todos los servicios de PRODECON son completamente gratuitos:
- Asesoria fiscal: Orientacion sobre derechos y obligaciones
- Representacion legal: Abogados que defienden al contribuyente sin costo
- Acuerdos conclusivos: Mediacion entre SAT y contribuyente
- Quejas y reclamaciones: Contra actos arbitrarios del SAT
- Consultas especializadas: Sobre interpretacion de leyes fiscales
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las atribuciones de PRODECON son amplisimas y en SDV Asesores las utilizamos estrategicamente en beneficio de nuestros clientes. La fraccion II es particularmente poderosa: PRODECON puede representar al contribuyente no solo ante el SAT sino tambien ante el TFJA, lo que equivale a tener un abogado litigante gratuito. La fraccion V sobre problemas sistemicos ha sido muy efectiva: PRODECON ha identificado practicas generalizadas del SAT que afectan a miles de contribuyentes (como la cancelacion masiva de sellos digitales) y ha logrado que se corrijan. Recomendamos a contribuyentes personas fisicas con ingresos menores a 30 UMA aprovechar los servicios de representacion legal gratuita.
Art. 2. Objeto de PRODECON
Define el objeto de PRODECON: garantizar el derecho de los contribuyentes, mediante la asesoria, representacion y defensa, asi como la recepcion de quejas y emision de recomendaciones en materia fiscal.
Art. 6. Acuerdos conclusivos
Regula el procedimiento de acuerdos conclusivos: mecanismo de mediacion entre el SAT y el contribuyente durante auditorias fiscales, donde PRODECON actua como intermediario para resolver controversias sin necesidad de litigio.
Art. 22. Quejas contra autoridades fiscales
Regula el procedimiento de quejas ante PRODECON contra actos de autoridades fiscales federales que violen los derechos de los contribuyentes, estableciendo plazos, requisitos y efectos.
Art. 23. Recomendaciones de PRODECON
Regula la facultad de PRODECON para emitir recomendaciones publicas a las autoridades fiscales cuando se acredite la violacion de derechos de los contribuyentes, estableciendo su naturaleza no vinculante pero de observancia moral.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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