LFPDPPP

Artículo 19. Medidas de seguridad

Establece la obligacion del responsable de implementar medidas de seguridad administrativas, tecnicas y fisicas para proteger los datos personales contra dano, perdida, alteracion, destruccion, uso, acceso o tratamiento no autorizado.

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Texto Legal

Articulo 19 - Seguridad de los datos personales

Todo responsable que lleve a cabo tratamiento de datos personales debera establecer y mantener medidas de seguridad administrativas, tecnicas y fisicas que permitan proteger los datos personales contra dano, perdida, alteracion, destruccion, o el uso, acceso o tratamiento no autorizado.

Tipos de medidas de seguridad


TipoEjemplos
**Administrativas**Politicas internas, capacitacion, designacion de encargado de datos, gestion de incidentes
**Tecnicas**Cifrado, control de acceso, firewalls, respaldos, monitoreo de sistemas
**Fisicas**Control de acceso a instalaciones, resguardo de documentos, destruccion segura

Criterios para determinar las medidas

Los responsables no trataran datos personales con medidas de seguridad menores a aquellas que mantengan para el manejo de su propia informacion. Asimismo, se tomara en cuenta:

- El riesgo existente
- Las posibles consecuencias para los titulares
- La sensibilidad de los datos
- El desarrollo tecnologico
- Las practicas de seguridad comunes en la industria

Vulneraciones de seguridad

En caso de vulneracion de datos personales, el responsable debe informar de forma inmediata al titular, a fin de que este pueda tomar las medidas correspondientes para la defensa de sus derechos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las medidas de seguridad son una de las areas donde el INAI pone mayor enfasis en sus verificaciones. No existe un estandar unico, ya que las medidas deben ser proporcionales al riesgo y al tipo de datos tratados. Sin embargo, recomendamos como minimo: cifrado de bases de datos, politicas de contrasenas robustas, control de acceso basado en roles, respaldos periodicos, y un plan de respuesta a incidentes. Las empresas que traten datos sensibles deben implementar medidas reforzadas adicionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LFPDPPP?

Establece la obligacion del responsable de implementar medidas de seguridad administrativas, tecnicas y fisicas para proteger los datos personales contra dano, perdida, alteracion, destruccion, uso, acceso o tratamiento no autorizado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la Ley de Datos Personales?

SDV Asesores: Las medidas de seguridad son una de las areas donde el INAI pone mayor enfasis en sus verificaciones. No existe un estandar unico, ya que las medidas deben ser proporcionales al riesgo y al tipo de datos tratados. Sin embargo, recomendamos como minimo: cifrado de bases de datos, politicas de contrasenas robustas, control de acceso basado en roles, respaldos periodicos, y un plan de respuesta a incidentes. Las empresas que traten datos sensibles deben implementar medidas reforzadas adicionales.

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