Los créditos entre fallidos se verifican sin necesidad de pedido de verificación y no participan del fondo común. Esto se aplica en el contexto de la masa única.
- Créditos entre fallidos. Los créditos entre fallidos se verifican mediante informe del síndico, o en su caso mediante un informe conjunto de los síndicos actuantes en las diversas quiebras, en la oportunidad prevista en el Artículo 35, sin necesidad de pedido de verificación. Dichos créditos no participan del fondo común previsto en el Artículo 168. No son considerados los créditos entre los fallidos, comprendidos entre la masa única.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo evita que los créditos entre fallidos compliquen la distribución de activos, lo que puede ser beneficioso para mantener la claridad en el proceso de liquidación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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