LCQ

Artículo 99. Daños y perjuicios contra el peticionario

Si se revoca la sentencia de quiebra, el peticionario que actuó con dolo o culpa grave es responsable por los daños causados. Esto establece un mecanismo de responsabilidad para evitar abusos.

dañosperjuiciospeticionario

Texto Legal

- Daños y perjuicios contra el peticionario. Revocada la sentencia de quiebra, quien la peticionó con dolo o culpa grave es responsable por los daños y perjuicios causados al recurrente. La acción tramita por ante el juez del concurso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El peticionario debe actuar con cautela al solicitar la quiebra, ya que puede enfrentar consecuencias legales si se demuestra mala fe.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 99 del LCQ?

Si se revoca la sentencia de quiebra, el peticionario que actuó con dolo o culpa grave es responsable por los daños causados. Esto establece un mecanismo de responsabilidad para evitar abusos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 99 de la LCQ?

El peticionario debe actuar con cautela al solicitar la quiebra, ya que puede enfrentar consecuencias legales si se demuestra mala fe.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 99 del LCQ?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 99 LCQ desde tu celular