Las audiencias pueden celebrarse con o sin la asistencia de las partes. Se recibirán pruebas y alegatos por orden.
Las audiencias se celebrarán con o sin la asistencia de las partes o de sus representantes legales. Abierta la audiencia se procederá a recibir, por su orden, las pruebas y los alegatos por escrito de las partes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La asistencia a las audiencias es importante, pero no siempre es obligatoria. Los abogados deben preparar sus alegatos y pruebas para asegurar que se escuchen, independientemente de la presencia de sus clientes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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