LRArt3_MMCE_300919

Artículo 1. Objeto de la Ley

Esta Ley regula el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación y establece la Comisión Nacional para su coordinación. Es de observancia general y de interés social en todo el país.

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Texto Legal

La presente Ley es reglamentaria del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mejora continua de la educación. Es de observancia general para toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.

Su objeto es regular el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, así como el organismo que lo coordina, al que se denominará Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación y el Sistema Integral de Formación, Actualización y Capacitación que será retroalimentado por evaluaciones diagnósticas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo establece el marco legal fundamental para la mejora educativa en Mexico. Es crucial para entender la estructura y objetivos del sistema educativo nacional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1 del LRArt3_MMCE_300919?

Esta Ley regula el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación y establece la Comisión Nacional para su coordinación. Es de observancia general y de interés social en todo el país.

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