El presidente de la Junta es elegido por sus integrantes y tiene un mandato de dos años. Su ausencia será suplida por otro integrante designado por la Junta.
La persona que presida la Junta será nombrada por sus integrantes por un periodo de dos años y presidirá el Consejo Técnico. Su ausencia temporal será suplida por el integrante que la Junta determine.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La elección del presidente debe ser un proceso transparente para garantizar la confianza en la Junta. La continuidad en la dirección es clave para el cumplimiento de sus objetivos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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