Establece las derogaciones de disposiciones anteriores incompatibles con la Ley del SAT y confirma la vigencia plena de la ley tras el periodo de transicion, consolidando al SAT como la autoridad fiscal federal de Mexico.
Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente ley. Las referencias que en otras leyes y disposiciones juridicas se hagan a la Subsecretaria de Ingresos o a las unidades administrativas de la Secretaria de Hacienda que pasaron al SAT, se entenderan hechas al Servicio de Administracion Tributaria.
La entrada en vigor de la LSAT derogo implicita y expresamente:
1. Las disposiciones del Reglamento Interior de la SHCP que regulaban las unidades transferidas al SAT
2. Las circulares y oficios de la Subsecretaria de Ingresos incompatibles con la nueva ley
3. Las reglas sobre competencia de las unidades que dejaron de pertenecer a la SHCP
4. Los procedimientos internos de la SHCP en materia de recaudacion
Una regla transitoria fundamental es que todas las referencias en otras leyes (CFF, LISR, LIVA, LCE, etc.) a las unidades de la SHCP que fueron absorbidas por el SAT, deben entenderse como referencias al SAT. Esto evito la necesidad de reformar inmediatamente todas las leyes fiscales vigentes.
La vigencia plena de la LSAT marco el inicio de una nueva era en la administracion tributaria mexicana:
- Autonomia de gestion: Capacidad de organizar sus propios recursos
- Profesionalizacion: Servicio fiscal de carrera como eje de desarrollo
- Modernizacion: Inversion en tecnologia y sistemas
- Rendicion de cuentas: Mecanismos de evaluacion y transparencia
Desde su publicacion en 1995, la LSAT ha sido reformada en multiples ocasiones para:
- Fortalecer las facultades del SAT
- Actualizar su estructura organizacional
- Incorporar nuevas tecnologias
- Adaptar el marco legal a las mejores practicas internacionales
- La ultima reforma fue publicada el 12 de noviembre de 2021
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El articulo 37 tiene importancia practica cuando se analizan actos de autoridad fundamentados en disposiciones anteriores a la creacion del SAT. En SDV Asesores hemos encontrado casos donde la autoridad cita fundamentos legales obsoletos o que corresponden a la estructura anterior de la SHCP. La regla de que las referencias a la Subsecretaria de Ingresos se entienden hechas al SAT es una regla de interpretacion que debe aplicarse cuidadosamente, verificando que la atribucion efectivamente fue transferida al SAT y no retenida por la SHCP o asignada a otra dependencia.
Art. 1. Naturaleza juridica del SAT
Establece que el Servicio de Administracion Tributaria es un organo desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Credito Publico, con el caracter de autoridad fiscal, y con las atribuciones y facultades ejecutivas que senala esta ley.
Art. 31. Entrada en vigor y disposiciones transitorias
Contiene las disposiciones transitorias de la Ley del SAT, estableciendo la entrada en vigor de la ley, las reglas de transicion para el personal y la transferencia de recursos de la SHCP al nuevo organismo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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