LSS

Artículo 20. Trabajadores con varios patrones (multiempleo)

Regula la situación de los trabajadores que prestan servicios a dos o más patrones simultáneamente, estableciendo que cada patrón cubrirá la totalidad de las cuotas sobre el salario que pague al trabajador.

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Texto Legal

Artículo 20 – Multiempleo

Cuando un trabajador preste sus servicios a varios patrones, cada uno de ellos cubrirá íntegramente las cuotas obrero patronales correspondientes.

Reglas del multiempleo

1. Cada patrón cotiza de forma independiente sobre el salario que paga al trabajador.
2. No se suman los salarios para efectos de la base de cotización de cada patrón.
3. El tope de 25 UMA aplica respecto de cada relación laboral individualmente.
4. Las semanas de cotización se cuentan una sola vez aunque el trabajador tenga varios patrones.

Prestaciones en caso de multiempleo

- Las prestaciones en especie se otorgan sin duplicidad.
- Las prestaciones en dinero (subsidios) se calculan con base en el último salario registrado o el mayor.
- Para efectos de pensión, se consideran las aportaciones de todos los patrones a la cuenta individual.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo regula el aviso de baja de los trabajadores. SDV destaca que la baja extemporanea genera la obligacion de pagar cuotas hasta la fecha en que se presente el aviso, no hasta la fecha real de separacion. Es fundamental dar aviso de baja dentro de los 5 dias habiles siguientes a la terminacion de la relacion laboral para evitar costos innecesarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LSS?

Regula la situación de los trabajadores que prestan servicios a dos o más patrones simultáneamente, estableciendo que cada patrón cubrirá la totalidad de las cuotas sobre el salario que pague al trabajador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la Ley del Seguro Social?

Este articulo regula el aviso de baja de los trabajadores. SDV destaca que la baja extemporanea genera la obligacion de pagar cuotas hasta la fecha en que se presente el aviso, no hasta la fecha real de separacion. Es fundamental dar aviso de baja dentro de los 5 dias habiles siguientes a la terminacion de la relacion laboral para evitar costos innecesarios.

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