Establece que las familias que no tengan acceso a la seguridad social pueden inscribirse voluntariamente al seguro de salud para la familia, cubriendo una cuota anual anticipada.
Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad.
El seguro de salud para la familia cubre:
- Asistencia médica
- Hospitalización
- Atención quirúrgica
- Medicamentos
- Atención de maternidad
La cuota se paga anualmente por anticipado y su monto es determinado por el Consejo Técnico del IMSS. Se calcula por grupo familiar y varía según la edad de los miembros.
- Existe un período de espera de ciertos meses para algunas prestaciones
- No incluye prestaciones en dinero (subsidios)
- No genera semanas de cotización para pensión
- No cubre riesgos de trabajo
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece el seguro de salud para la familia, una opcion para personas sin acceso al regimen obligatorio. SDV recomienda esta alternativa a trabajadores independientes y sus familias que no pueden inscribirse en el regimen obligatorio. La cuota anual anticipada es relativamente accesible considerando la cobertura medica integral que proporciona.
Art. 6. Extensión del Seguro Social
Establece que el Seguro Social comprende el régimen obligatorio y el voluntario, y que ambos se sujetan a las disposiciones de la Ley, sus reglamentos y los acuerdos del Consejo Técnico del IMSS.
Art. 13. Incorporación voluntaria al régimen obligatorio
Establece qué personas pueden voluntariamente ser sujetas de aseguramiento del régimen obligatorio: trabajadores en industrias familiares, independientes, ejidatarios, comuneros, colonos, pequeños propietarios, patrones personas físicas con trabajadores a su servicio y trabajadores al servicio de las administraciones públicas que la ley no proteja.
Art. 84. Beneficiarios de las prestaciones en especie de enfermedades y maternidad
Enumera las personas que tienen derecho a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad: el asegurado, el pensionado, la esposa o concubina, los hijos y los padres del asegurado que dependan económicamente de él.
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