Faculta al IMSS para reevaluar periódicamente el grado de incapacidad permanente del trabajador, pudiendo modificar el porcentaje y, consecuentemente, el monto de la pensión.
Al declararse la incapacidad permanente, sea parcial o total, se concederán al trabajador las prestaciones y la pensión que corresponda, pudiendo el Instituto, en cualquier tiempo, ordenar la revisión de la incapacidad.
1. El IMSS cita al pensionado para revisión médica
2. Se practican estudios y valoraciones especializadas
3. Se emite nuevo dictamen con porcentaje actualizado
4. Se ajusta la pensión conforme al nuevo porcentaje
| Resultado | Efecto en la pensión |
|---|---|
| Mejoría | Se reduce el porcentaje y la pensión |
| Agravamiento | Se incrementa el porcentaje y la pensión |
| Sin cambio | Se mantiene la pensión vigente |
| Recuperación total | Se suspende la pensión |
El pensionado puede inconformarse con la nueva valuación mediante recurso de inconformidad o juicio ante autoridad competente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV, este articulo sobre la muerte del asegurado por riesgo de trabajo es relevante porque genera prestaciones significativas para los beneficiarios. El patron debe asegurar que los datos de los trabajadores esten actualizados ante el IMSS, incluyendo los beneficiarios designados, para evitar complicaciones administrativas en caso de un siniestro fatal.
Art. 58. Prestaciones en dinero por incapacidad permanente
Detalla las prestaciones en dinero que corresponden al asegurado declarado con incapacidad permanente por riesgo de trabajo: pensión, indemnización global, aguinaldo y asignaciones familiares.
Art. 48. Revisión de incapacidad por riesgo de trabajo
Establece que si el asegurado no está conforme con la calificación del riesgo de trabajo o con el grado de incapacidad determinado por el IMSS, puede someterse a una revisión por peritos médicos.
Art. 53. Declaración de incapacidad permanente
Establece que al declararse la incapacidad permanente, sea parcial o total, se concederán al trabajador las prestaciones correspondientes conforme al grado de incapacidad determinado.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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