Este articulo establece las competencias de la Secretaria de Relaciones Exteriores en materia de asilo politico, incluyendo la resolucion de solicitudes y la orientacion a los solicitantes. Se detalla la importancia de llevar un registro actualizado de los asilados y solicitantes.
En materia de Asilo Político, compete a la Secretaría de Relaciones Exteriores:
I. Resolver sobre el otorgamiento de asilo político a los extranjeros que encontrándose en la representación o en territorio nacional, presenten su solicitud de conformidad con los supuestos previstos en la presente Ley y su reglamento. En todos los casos a que se refiere esta fracción recabará previamente la opinión de la Secretaría;
II. Orientar a los solicitantes de asilo político y asilados sobre sus derechos y obligaciones;
III. Llevar un registro actualizado de los solicitantes de asilo político y asilados;
IV. Resolver sobre el retiro y la renuncia de asilo político;
V. Las demás atribuciones que le confieran el reglamento y demás ordenamientos aplicables. Artículo adicionado DOF 30-10-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental que los abogados y contadores conozcan las atribuciones de la Secretaria en el proceso de asilo politico, ya que esto puede afectar la estrategia legal de sus clientes. La orientacion adecuada a los solicitantes es clave para asegurar que entiendan sus derechos y obligaciones.
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