La Secretaría adoptará medidas para brindar asistencia a refugiados, considerando su contexto social y cultural. Este articulo promueve la inclusión de refugiados en la sociedad mexicana.
La Secretaría, en el ámbito de sus atribuciones, adoptará las medidas necesarias para brindar asistencia institucional a los refugiados, así como auxiliarlos con el objeto de facilitar su inclusión al país desde una Perspectiva Intercultural e Interseccional, tomando en consideración el contexto social
LEY SOBRE REFUGIADOS, PROTECCIÓN COMPLEMENTARIA Y ASILO POLÍTICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 18-02-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
y cultural de donde provengan, así como si son niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, con discapacidad, mujeres embarazadas, enfermos crónicos, víctimas de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de abuso sexual y violencia de género, de trata de personas o a cualquier otra persona que pudiese encontrarse en estado de vulnerabilidad. Artículo reformado DOF 18-02-2022
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los abogados deben conocer las medidas de asistencia disponibles para ayudar a sus clientes a integrarse en la sociedad mexicana.
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