La decisión sobre el asilo político será comunicada al solicitante, y se establecerá un plazo para ello en el reglamento. Se tomarán medidas para trasladar al asilado si se concede el asilo.
La decisión sobre el otorgamiento o no del asilo político será comunicada al solicitante del mismo; el reglamento de esta Ley establecerá el plazo para tales efectos.
En los casos en los cuales la Secretaría de Relaciones Exteriores, otorgue asilo político, ésta y la Representación, de manera coordinada, tomarán las medidas necesarias para que, en su caso, el asilado sea trasladado a territorio nacional.
Otorgado el asilo político, la Secretaría de Relaciones Exteriores notificará su decisión a la Secretaría a efecto de que esta expida el documento migratorio de conformidad con lo establecido en la Ley de Migración. Artículo adicionado DOF 30-10-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La notificación oportuna es crucial para la planificación del asilado. Los asesores deben estar atentos a los plazos establecidos en el reglamento para evitar demoras.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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