La Secretaría puede retirar el asilo político en casos de ocultamiento de información, riesgo a la seguridad nacional, o si desaparecen las circunstancias que motivaron su otorgamiento. Esto establece condiciones claras para la revocación.
La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá retirar el otorgamiento de asilo político en los siguientes casos:
I. En los que se acredite que el asilado ocultó o falseó la información proporcionada;
II. Por realizar actos en territorio nacional que constituyan un riesgo o amenaza para la seguridad nacional;
III. Cuando existan razones fundadas para considerar que el asilado ha cometido un delito contra la paz, el crimen de genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra de los definidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte o del delito de terrorismo, o
IV. Cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su otorgamiento. Artículo adicionado DOF 30-10-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los asilados sean conscientes de las condiciones que pueden llevar al retiro de su asilo. Los asesores deben estar atentos a cualquier cambio en la situación del asilado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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