LGS

Artículo 143. Administracion por socios

La administracion de la sociedad puede ser ejercida por cualquiera de los socios, segun lo dispuesto en la Seccion I del capitulo. Esto permite flexibilidad en la gestion.

administracionsociosflexibilidad

Texto Legal

— La representación y administración de la sociedad podrá ejercerse por cualquiera de los socios, conforme a lo dispuesto en la Sección I del presente capítulo. Silencio sobre la parte de beneficios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La flexibilidad en la administracion puede facilitar la toma de decisiones, pero es importante establecer roles claros para evitar conflictos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 143 del LGS?

La administracion de la sociedad puede ser ejercida por cualquiera de los socios, segun lo dispuesto en la Seccion I del capitulo. Esto permite flexibilidad en la gestion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 143 de la LGS?

La flexibilidad en la administracion puede facilitar la toma de decisiones, pero es importante establecer roles claros para evitar conflictos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 143 del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 143 LGS desde tu celular