LGS

Artículo 209. Indivisibilidad de acciones

Las acciones son indivisibles y la sociedad puede exigir la unificacion de la representacion en caso de copropiedad. Se aplican reglas de condominio.

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Texto Legal

— Las acciones son indivisibles. Si existe copropiedad se aplican las reglas del condominio. La sociedad puede exigir la unificación de la representación para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones sociales. Cesión: garantía de los cedentes sucesivos. Efectos del pago por el cedente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La indivisibilidad de acciones puede complicar la toma de decisiones en caso de copropiedad, afectando la agilidad en la gestion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 209 del LGS?

Las acciones son indivisibles y la sociedad puede exigir la unificacion de la representacion en caso de copropiedad. Se aplican reglas de condominio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 209 de la LGS?

La indivisibilidad de acciones puede complicar la toma de decisiones en caso de copropiedad, afectando la agilidad en la gestion.

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