La distribución de dividendos solo es lícita si proviene de ganancias realizadas y aprobadas. Está prohibido el pago anticipado de dividendos.
La distribución de dividendos o el pago de interés a los accionistas son lícitos sólo si resultan de ganancias realizadas y líquidas correspondientes a un balance de ejercicio regularmente confeccionado y aprobado. Dividendos anticipados. Está prohibido distribuir intereses o dividendos anticipados o provisionales o resultantes de balances especiales, excepto en las sociedades comprendidas en el artículo 299. En todos estos casos los directores, los miembros del consejo de vigilancia y síndicos son responsables ilimitada y solidariamente por tales pagos y distribuciones. Repetición dividendos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento puede llevar a responsabilidades legales para los directores, afectando la confianza de los inversionistas en la gestion de la sociedad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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