El directorio debe aceptar la renuncia del director en la primera reunión posterior a su presentación, salvo que afecte el funcionamiento regular.
El directorio deberá aceptar la renuncia del director, en la primera reunión que celebre después de presentada siempre que no afectare su funcionamiento regular y no fuere dolosa o intempestiva, lo que deberá constar en el acta pertinente. De lo contrario, el renunciante debe continuar en funciones hasta tanto la próxima asamblea se pronuncie. Funcionamiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que las renuncias se manejen adecuadamente para evitar interrupciones en la gestión. Un manejo inadecuado puede llevar a la continuidad de un director no deseado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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