Los accionistas tienen tres meses para iniciar la acción de responsabilidad si la asamblea no lo hace. Este plazo es crucial para asegurar la rendición de cuentas.
Si la acción prevista en el primer párrafo del artículo 276 no fuera iniciada dentro del plazo de tres (3) meses, contados desde la fecha del acuerdo, cualquier accionista puede promoverla, sin perjuicio de la responsabilidad que resulte del incumplimiento de la medida ordenada. Acción de responsabilidad. Quiebra.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se actúa dentro del plazo, se pierde la oportunidad de reclamar, lo que puede resultar en la impunidad de directores que actúan de manera irresponsable.
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