LGS

Artículo 317. Denominacion social obligatoria

La denominacion social debe incluir la frase 'sociedad en comandita por acciones' o su abreviatura S.C.A. La falta de esta indicacion puede generar responsabilidad ilimitada para los administradores.

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Texto Legal

— La denominación social se integra con las palabras "sociedad en comandita por acciones" su abreviatura o la sigla S.C.A. La omisión de esa indicación hará responsables ilimitada y solidariamente al administrador, juntamente con la sociedad por los actos que concertare en esas condiciones. Si actúa bajo una razón social, se aplica el artículo 126. De la administración.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No incluir la denominacion correcta puede llevar a que los administradores sean responsables de deudas de la sociedad, lo que representa un riesgo financiero significativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 317 del LGS?

La denominacion social debe incluir la frase 'sociedad en comandita por acciones' o su abreviatura S.C.A. La falta de esta indicacion puede generar responsabilidad ilimitada para los administradores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 317 de la LGS?

No incluir la denominacion correcta puede llevar a que los administradores sean responsables de deudas de la sociedad, lo que representa un riesgo financiero significativo.

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