LGS

Artículo 336. Contenido de los títulos

Los titulos de debentures deben contener información detallada sobre la sociedad, la emision y los derechos de los tenedores, asegurando transparencia y claridad en la inversion.

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Texto Legal

— Los títulos deben contener: 1º) La denominación y domicilio de la sociedad y los datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio; 2º) El número de la serie y de orden de cada título y su valor nominal; 3º) El monto de la emisión; 4º) La naturaleza de la garantía, y si son convertibles en acciones; 5º) El nombre de la institución o instituciones fiduciarias; 6º) La fecha del acta de emisión y de su inscripción en el Registro Público de Comercio; 7º) El interés estipulado, la época y el lugar del pago, y la forma y época de su amortización. Cupones. Pueden llevar adheridos cupones para el cobro de los intereses o el ejercicio de otros derechos vinculados a los mismos. Los cupones serán al portador. Emisión en serie.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cualquier omision en la informacion requerida puede resultar en sanciones y en la invalidacion de la emision, lo que afectaria la credibilidad de la sociedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 336 del LGS?

Los titulos de debentures deben contener información detallada sobre la sociedad, la emision y los derechos de los tenedores, asegurando transparencia y claridad en la inversion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 336 de la LGS?

Cualquier omision en la informacion requerida puede resultar en sanciones y en la invalidacion de la emision, lo que afectaria la credibilidad de la sociedad.

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