De cada asamblea se levantará acta que contendrá un resumen de las deliberaciones, los acuerdos tomados y el resultado de las votaciones, firmada por el presidente y el secretario.
De cada asamblea se levantará acta que contendrá un resumen de las deliberaciones, los acuerdos tomados y el resultado de las votaciones, firmada por el presidente y el secretario.
Esta disposición forma parte del régimen de gobierno corporativo de la Sociedad Anónima, que establece los mecanismos de toma de decisiones, administración y vigilancia que garantizan la protección de los derechos de todos los accionistas.
El gobierno corporativo de la S.A. se estructura en tres niveles: la asamblea de accionistas como órgano supremo de decisión, el consejo de administración o administrador único como órgano de gestión, y los comisarios como órgano de vigilancia. Esta separación de funciones es fundamental para el control interno de la sociedad.
El cumplimiento de las formalidades de convocatoria, quórum y votación establecidas en la ley es esencial para la validez de las resoluciones societarias. Su incumplimiento puede dar lugar a la nulidad de las resoluciones y a la responsabilidad de los administradores que las hayan ejecutado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Desde la perspectiva de SDV Asesores, las actas de asamblea son el documento probatorio mas importante del gobierno corporativo. Deben contener la lista de asistencia, el quorum verificado, los asuntos tratados, las votaciones y los acuerdos adoptados. Las actas deben asentarse en el libro de actas de la sociedad y firmarse por el presidente y el secretario. Un acta defectuosa puede generar nulidades.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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